¿Cuando se pagará la segunda nómina de beneficiarios? y ¿ Quienes son los beneficiados?
Como fue anunciado hace un par de semanas por el Gobierno, desde este viernes 5 de agosto comienzan los primeros pagos del Bono Chile Apoya Invierno, un beneficio de $120 mil que no requiere postulación.
Una de las principales ventanas del bono, es que no es considerado como remuneración o renta; por lo tanto, no es imponible ni tributable y no está sujeto a ningún tipo de descuento, en otras palabras, los beneficiados reciben el total íntegro del aporte.
Es importante destacar que el proceso de pago fue dividido en dos grandes grupo.
Recordemos que no todos reciben el aporte ese viernes, ya que depende de si la persona tiene cuenta bancaria (como Cuenta RUT, por ejemplo) o si tiene que cobrarlo presencialmente en sucursales de Banco Estado, Banco Estado Express y Caja Los Héroes.
Además, existe un grupo de personas que recibirá los $120 en agosto, pero semanas más tarde.
La segunda nómina estará disponible desde el lunes 22 de agosto. Desde esa fecha, las personas tendrán que visitar el mismo sitio web e ingresar los mismos datos para consultar si son beneficiarias del Bono Chile Apoya Invierno.
Los requisitos para acceder a este beneficio son:
a) Ser persona beneficiaria de Subsidio Familiar o de Asignación Familiar o Maternal al 31/12/2021 y haber recibido el pago de alguna de estas asignaciones ese mes.
b) Ser persona beneficiaria del Bono de Invierno, y haber percibido el aporte correspondiente al año 2022 hasta el 31 de mayo del presente.
c) Ser persona beneficiaria del Aporte Previsional Solidario de Invalidez y Pensión Básica Solidaria de Invalidez, al 30 de junio de 2022 y haber percibido el aporte en el mes de julio de 2022.
d) Ser persona beneficiaria del subsidio de discapacidad mental, al 30 de junio de 2022 y que perciban el aporte en el mes de julio del 2022.
e) Ser miembro de una familia, de subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar) al 1 de agosto de 2022, y cumplir con los requisitos establecidos en la Ley N° 21.474.
f) Ser Miembro de hogares que al 1 de agosto del 2022 pertenezcan al 60% más vulnerable de la población nacional y cumplir con los requisitos establecidos en la Ley N° 21.474.
La duda es la siguiente ¿Se puede apelar si no soy beneficiario de los $120 mil? La respuesta es si.
Para hacerlo es necesario hacer un reclamo ingresando el RUT en el sitio partir del 22 de agosto, cuando se inicie el segundo pago del ingreso.